
La reciente sentencia del Tribunal Constitucional declarando como inconstitucional la exigencia de mayoría reforzada de concejales para que prosperase una moción de censura, como se adelantó en Benavente Digital, coincidiendo con el Fallo del Alto Tribunal, ha acelerado los trámites para la presentación de una moción de censura contra la alcaldesa de Vega de Tera.
Este lunes 23 de junio se presentaba la moción de censura en el registro del Ayuntamiento de este municipio integrado por las localidades de Calzada de Tera, Junquera de Tera, La Milla de Tera y Vega de Tera, esta última donde se halla la sede municipal.
La moción presenta como candidato a la alcaldía al concejal y portavoz del grupo municipal de Zamora Sí, Francisco Javier Cañibano Sastre, con el aval de los otros dos concejales de la formación política zamorana y los dos concejales no adscritos, separados del grupo del PP liderado por la alcaldesa Tamara Fuentes.
Esta corporación municipal salía de las urnas con 4 concejales del PP y 3 de Zamora Sí. No obstante, ante las continuas desavenencias con la alcaldía, no solo en la falta de rendición de cuentas, decisiones controvertidas, además de ocultar información, extremos que han sido objeto de varias advertencias del Procurador del Común e, incluso, de denuncia de la Fiscalía Provincial, la situación política de este Ayuntamiento se ha vuelto irrespirable, llegando a tener bloqueadas las cuentas para que la alcaldesa no pueda disponer de fondos, como se viene informando puntualmente en Benavente Digital.
Desde el otoño pasado la alcaldesa contaba con un único apoyo
Antes del otoño pasado, el equipo de gobierno del PP se ha quedado únicamente con dos miembros, de los cuatro que contaba, ya que dos concejales se han pasado a no adscritos. Fue precisamente días antes de presentarse la fallida moción de censura cuando se salía del grupo de la alcaldesa uno de los concejales y, posteriormente, otro más. Baste recordar que con fecha 20 de septiembre del 2024 se registraba una moción de censura que no llegó a celebrarse ante la interpretación que hacía el Tribunal Constitucional sobre el artículo 197.1.a) párrafo segundo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG). Es decir, la exigencia de mayoría reforzada para prosperar una moción de censura en el caso de concejales tránsfugas.
Este redactor ha venido manteniendo desde el primer momento el carácter lesivo de esa primera interpretación del Alto Tribunal y así lo ha venido expresando en buen número de publicaciones como las mociones de censura aceptadas en la provincia de León y no en la de Zamora, por ser desproporcionada la restricción de las facultades de control político que forman parte del derecho al ejercicio del cargo público de los ediles. Así lo ha entendido, ahora, el Tribunal Constitucional en su última sentencia declarando la inconstitucionalidad y nulidad del párrafo segundo del artículo 197.1 a) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general, en la redacción dada por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero.
Del mismo modo, el Pleno del Tribunal Constitucional, declara la inconstitucionalidad por conexión o consecuencia del inciso “los tres párrafos de” de la letra e) del art. 197.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general, en la redacción dada por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero.
Puestas así las cosas, el próximo martes 8 de julio, coincidiendo con el décimo día hábil siguiente a la presentación de la moción de censura (el jueves 26 es fiesta local en Vega), se celebrará la sesión extraordinaria en el Ayuntamiento de Vega de Tera, en la que con toda probabilidad, el candidato a alcalde, Francisco Javier Cañibano Sastre, de Zamora Sí, tomará las riendas del Consistorio, dejando en la oposición a la hasta ahora alcaldesa del PP, Tamara Fuentes Llamas.