Pesca 2025 en Castilla y León: nuevas normas para la captura de trucha y especies exóticas

La nueva orden de pesca marca restricciones y fechas clave en aguas trucheras y no trucheras de Ávila, Salamanca, Segovia, Valladolid, Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora.

Pesca en aguas trucheras y no trucheras: fechas y regulaciones

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha publicado el borrador de la orden de pesca para 2025, estableciendo nuevas regulaciones para la captura de especies en Castilla y León. La pesca en aguas trucheras será permitida desde el tercer sábado de marzo en Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid, y desde el último sábado de marzo en Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora, extendiéndose hasta el 31 de julio.

En el caso de las aguas no trucheras de acceso libre, la pesca será permitida todos los días del año, mientras que en los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales y aguas en régimen especial, los pescadores deberán seguir las normas del plan de pesca correspondiente.

Protección de especies endémicas: cupo cero en ciertas épocas

Una de las medidas más destacadas es el cupo cero en las aguas no trucheras, que se aplica debido al carácter de especie de interés preferente de la trucha, buscando la protección de las poblaciones residuales o potencialmente colonizadoras. Asimismo, entre el 1 de mayo y el 15 de julio, se establece un cupo cero para la captura de especies como los barbos, bogas, bordallo, cacho y madrilla en aras de asegurar su sostenibilidad. El resto del año, se aplicarán cupos y tallas acordes con su estado biológico.

Cupos y especies pescables: trucha, barbos y especies exóticas

En cuanto a los cupos de captura, para la trucha común se establece un cupo de cero ejemplares, salvo en los cotos de pesca y aguas en régimen especial. En el caso del hucho o salmón del Danubio, en las aguas trucheras de Salamanca no habrá limitaciones de captura.

Para especies como los barbos, bogas, bordallo, cacho, madrilla y tencas, el límite será de dos ejemplares por pescador y día en aguas de acceso libre. Durante el período del 1 de mayo al 15 de julio, el cupo será de cero ejemplares. Por otro lado, el piscardo solo tiene restricción en la cuenca del Ebro (dos unidades), mientras que el carpín no tiene ninguna limitación.

Respecto a las especies exóticas, como en anteriores ocasiones, no se establecen cupos ni talla mínima para facilitar su control, salvo para la trucha arcoíris en cotos de pesca. La devolución al agua de ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras está prohibida, exceptuando en algunos casos la carpa y el black-bass.

Cangrejos exóticos: fechas para su captura

En cuanto al cangrejo rojo y el cangrejo señal, se permitirá su pesca entre el 1 de junio y el 31 de diciembre, salvo en los refugios de pesca, para evitar molestias a la fauna silvestre. En Burgos, Palencia y Soria, esta normativa se reduce al período del 1 de junio al 15 de octubre.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Botón volver arriba