Las ganaderías afectadas por tuberculosis bovina y con restricción de movimientos reciben 1,98 euros por día y animal

El objetivo es mantener la actividad económica en las zonas declaradas de especial incidencia de la enfermedad al compensar las pérdidas sufridas por la no utilización de los pastos para la alimentación animal

Las ayudas, que entraron ayer en vigor, tendrán una cuantía máxima por animal y día de 1,98 euros, hasta un máximo de 5.000 euros por beneficiario.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha publicado la convocatoria de ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas afectadas por la prohibición de movimientos en las zonas declaradas de especial incidencia para la tuberculosis bovina.

Con esta subvención, de 215.134 euros -ampliables, si fuese necesario, hasta el 100 %-, los ganaderos afectados podrán recibir hasta un máximo de 5.000 euros para compensar las pérdidas derivadas de la no utilización de los pastos para alimentación animal.

En concreto, “será subvencionable el incremento del gasto en alimentación ocasionado por las restricciones de movimientos de animales como consecuencia de la declaración de una zona como de especial incidencia, al tener que alimentar el ganado en pesebre en vez de a diente en un pasto”, reza la orden publicada anteayer en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Las ayudas, que entraron ayer en vigor, tendrán una cuantía máxima por animal y día de 1,98 euros, hasta un máximo de 5.000 euros por beneficiario. El número de días subvencionable se contabilizará desde el día siguiente a la publicación de la Resolución que declare la zona de especial incidencia, hasta un máximo de 200 días.

Por tanto, esta ayuda, que se incluye dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, tiene como objetivo mantener la actividad productiva en dichas zonas al compensar las pérdidas que sufren los ganaderos por la no utilización de pastos para la alimentación animal.

Los interesados en recibir estas ayudas deberán formalizar su solicitud en los correspondientes registros de los servicios territoriales, o bien de forma telemática en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

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