En la mañana del día 7 de septiembre de 2022, en el marco de las actuaciones llevadas a cabo por el helicóptero de la Dirección General de Tráfico, en prevención de la comisión de infracciones relacionadas con la Seguridad Vial, detectaron en la provincia de Zamora al conductor de un vehículo tipo turismo, que realizaba una conducción temeraria mientras circulaba por la carretera nacional N-631 (N-630-N-
525) y por la autovía A-66 (Gijón-Sevilla), cometiendo también a su vez, varias infracciones de exceso de velocidad, es por lo que solicitaron a la Central Operativa de Tráfico del Subsector de Zamora, colaboración para la detección e identificación del conductor de dicho vehículo.
El conductor fue localizado en la localidad de Montamarta (Zamora); se trataba de un varón el cual fue identificado y al que se le sometió a la prueba de detección de presencia en su organismo de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, dando resultado positivo en el consumo de cocaína, motivo por el cual se procedió a la confección del oportuno expediente de denuncia para su remisión al órgano competente para su sanción, en este caso la Jefatura Provincial de Tráfico de Zamora, así como la inmediata inmovilización del vehículo; igualmente se confeccionaron los oportunos expedientes de denuncia por todas las infracciones de exceso de velocidad cometidas por el mismo, así como por su conducción temeraria por las vías de la provincia.
Todo conductor al volante debe ser consciente de que debe circular siempre a una velocidad aconsejable a las características de la vía y a las circunstancias existentes y en cualquier caso no superar nunca las velocidades genéricas o específicas de la carretera.
En caso de frenada y/o maniobra brusca debe poder controlar y detener el vehículo en la menor distancia posible, acción que logrará haciéndolo a la velocidad que se determina en cada momento, minimizando las posibles consecuencias en caso de sufrir un accidente de circulación.
Este tipo de acciones negligentes y arriesgadas no solo ponen en peligro la integridad de otros usuarios de la vía, sino la propia vida y la de las personas que viajan en el vehículo. La ingesta de bebidas alcohólicas, así como la de drogas y sustancias tóxicas influye en el conductor de un vehículo con la disminución de la capacidad sensorial, de reflejos y de atención en la conducción, desvirtuando la percepción de la realidad, determinando una conducción inapropiada y creando un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, aumentando exponencialmente la posibilidad de sufrir un siniestro vial.
Estas conductas al volante podrían conllevar administrativamente hasta 1.000 € de sanción y penalmente podrían ser castigadas con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.