La Fiscalía eleva denuncia en el Juzgado de Benavente contra la alcaldesa de Vega de Tera

La alcaldesa se enfrenta a un presunto delito contra los derechos cívicos, tipificado en el Código Penal y que lleva aparejada la inhabilitación

La Fiscalía Provincial de Zamora ha elevado denuncia ante el Juzgado de Benavente por la comisión de un presunto delito contra los derechos cívicos por parte de la alcaldesa de Vega de Tera, Tamara Fuentes Llamas.

La Fiscal Jefe formula la denuncia, a la que ha tenido acceso Benavente Digital, en base al artículo 542 del Código Penal y tras las investigaciones realizadas ante la formulación presentada por el portavoz de Zamora Sí en el Ayuntamiento de Vega de Tera, Francisco Javier Cañibano, como se adelantó en este medio en julio del pasado año.

El tal artículo 542 del Código Penal lleva aparejada la inhabilitación y reza así: Incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años la autoridad o el funcionario público que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes.

Tras las investigaciones preprocesales por parte de la Fiscalía se han elevado ahora las diligencias al Juzgado de Benavente.

La alcaldesa no facilita el expediente de la obra del consultorio

Los hechos objeto de la denuncia tienen que ver con que la alcaldesa no aporta la documentación e información solicitada por el denunciante para que éste pueda ejercer su labor de control y fiscalizadora como concejal y portavoz municipal.

Este concejal solicitó información en escritos de 26 de febrero, 6 de marzo y 9 de marzo de 2024 relativos a detalles de cuentas del año 2023, movimientos bancarios de enero 2023 a marzo 2024 e información general, no habiendo obtenido ninguna documentación solicitada. Ante esto, el demandante solicitó amparo al Procurador del Común de CyL que ha dado lugar a 6 expedientes sin respuesta del Ayuntamiento, como también se publicó en Benavente Digital.

Entre las peticiones de información se solicitó el expediente completo de las obras realizadas en el consultorio médico de Junquera de Tera (localidad aneja del Ayuntamiento de Vega, junto a las de Calzada y La Milla) con un importe de 20.000 euros. La secretaria municipal no le hizo entrega del expediente porque «estando presente la alcaldesa, esta no permite su entrega completa en este momento, por lo que la señora secretaria no hace entrega del mismo. Lo que firma la señora alcaldesa en Vega de Tera a 18 de junio de 2024».

Más aún, se refiere que la alcaldesa manifestó en el Pleno que «los presupuestos de dicha obra se habían extraviado, siendo la empresa adjudicataria del padre de la alcaldesa». La regidora, con fecha 8 de julio de 2024, emite resolución en la que se acuerda «denegar el acceso a la información solicitada relativa a los puntos sobre las órdenes de pago del 2021 y 2022 y del punto sobre los movimientos bancarios de esos mismos años motivándolo en un abuso de derecho del concejal solicitante, el derecho de acceso debe vincularse a alguna finalidad concreta», del mismo modo aduce la primera edil razones del «excesivo volumen de la documentación solicitada y la perturbación que su expedición puede causar en el funcionamiento de la corporación local».

La regidora de Vega, además, considera que la forma de actuar el concejal es por «una enemistad particular», indicando, por otra parte, que sobre el expediente de la obra del consultorio médico «el concejal ya había visto la documentación dos veces y era la cuarta vez que solicitaba la misma por lo que se negó a que la mostrara nuevamente».

Seis expedientes de queja del Procurador del Común

La alcaldesa reconoce que no responder al Procurador del Común (y ello ante 6 expedientes de queja abiertos) se debe a que «no tiene personal para gestionar el día a día de la institución y además poder contestar a las peticiones de información realizadas» por el Alto Comisionado de las Cortes. Esta institución ha incluído al Ayuntamiento de Vega de Tera en la relación de entidades no colaboradoras.

La Fiscalía Provincial interesó informe de investigación a la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil, presentando ésta un informe de atestado en base a declaración del denunciante quien se ratificó en la denuncia de los hechos ante la Fiscalía, del mismo modo la Guardia Civil recibió manifestación de la secretaria municipal y las declaraciones tomadas a la alcaldesa.

Para la Fiscalía Provincial de Zamora y a la vista de las investigaciones realizadas no se ha podido comprobar que se ha aportado al concejal la documentación solicitada. Se hace hincapié en el escrito de fecha 18 de junio de 2024 en el que se dice que «la señora alcaldesa no permite entrega completa del expediente en ese momento, sin motivación alguna, no constando se le haya entregado con posterioridad».

Por ello, la Fiscal Jefe considera que «pudieran existir indicios de la comisión del delito que se denuncia». El de la comisión de un presunto delito contra los derechos cívicos tipificado en el artículo 542 del Código Penal y que lleva aparejada la inhabilitación para ejercer cargo público.

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