El plazo de ayudas de la Junta al alquiler de vivienda finaliza el 31 de enero

Los solicitantes podrán autorizar a la administración el acceso a la acreditación del empadronamiento para evitar su aportación, al igual que con los datos tributarios

La convocatoria de subvenciones para el alquiler de vivienda 2024, destinadas a las personas físicas mayores de edad que sean titulares de contratos de arrendamiento y se encuentren empadronadas de forma habitual y permanente en una vivienda o habitación con régimen de alquiler en Castilla y León, concluye el 31 de enero.

Estas ayudas impulsadas por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio subvencionarán parcialmente la renta o precio mensual de una vivienda o habitación. El periodo máximo subvencionable será de doce meses, desde enero hasta diciembre de 2024.

Entre los requisitos para optar a esta ayuda se encuentra la posesión de la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Además, es imprescindible que la suma de los ingresos anuales de los solicitantes sea superior a 0,5 veces el IPREM (4.200 euros) e igual o inferiores a 5 veces el IPREM (21.000 euros).

Condiciones económicas y colectivos beneficiarios

La convocatoria establece condiciones específicas para diversos colectivos, manteniendo un enfoque inclusivo:

  • Personas jóvenes: hasta 35 años, con subvenciones que oscilan entre el 50 % y el 75 %, dependiendo de su situación.
  • Familias numerosas y personas con discapacidad: subvenciones del 50 % con límites de ingresos que pueden llegar hasta 5 veces el IPREM.
  • Personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida: tienen prioridad absoluta y un porcentaje de subvención del 75 %, con un presupuesto reservado de 645.840 euros.
  • Ingresos mínimos y máximos: los ingresos anuales del solicitante deben situarse entre 0,5 veces el IPREM (4.200 euros) y un máximo que varía según el colectivo, alcanzando hasta 5 veces el IPREM en algunos casos.

Documentación y recomendaciones

Requisitos esenciales: es imprescindible presentar la solicitud junto con el contrato de alquiler, los recibos correspondientes a 2024 y el Anexo I (en caso de convivir con mayores de 14 años). Por otro lado, para autorizar a la Junta de Castilla y León se deberá marcar las casillas correspondientes en el modelo de solicitud y en el Anexo I para permitir la consulta de datos económicos a la Agencia Tributaria (AEAT), así como para la acreditación del empadronamiento.

Presentación electrónica: para quienes opten por esta vía, se recomienda unificar todos los documentos en uno o dos archivos PDF para agilizar la tramitación y evitar pérdidas.

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de 6 meses, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes. El vencimiento de dicho plazo sin que se hubiera dictado y publicado la resolución implicará que la persona solicitante pueda entender desestimada su solicitud.

Los listados de los beneficiarios zamoranos se podrán consultar en la página web de la Junta de Castilla y León, en el Servicio Territorial de Movilidad de la Delegación de la Junta (C/ Leopoldo Alas Clarín, 4), en el teléfono 012 (983 327 850), en el correo electrónico información 012cyl.es.

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