Mientras la alcaldesa de Vega de Tera, Tamara Isabel Fuentes Llamas, del PP, presidía esta mañana una sesión plenaria, el portavoz del grupo municipal de Zamora Sí, anunciaba a las puertas de los Juzgados zamoranos, la presentación ante la Fiscalía Provincial de presuntas irregularidades de la regidora del Ayuntamiento, acusándola de un presunto delito al impedir el ejercicio de derechos cívicos. Una circunstancia ya adelantada en Benavente Digital.
El concejal portavoz de Zamora Sí en Vega de Tera, Francisco Javier Cañibano, arropado por la directiva de esta formación política, anunciaba «la necesidad» de acudir a la Fiscalía ante el «obstruccionismo y falta de transparencia» de la alcaldesa durante todo el mandato. «Desde el principio del mandato hemos abogado por la transparencia y las cuentas públicas, entonces hemos dejado transcurrir un año para que nos entregase documentación y se niega a ello, del mismo modo hemos acudido al Procurador del Común, al que tampoco le contesta a sus requerimientos», señalaba el portavoz municipal de Zamora Sí a las puertas de los Juzgados. «Por ello, hemos acudido a la Fiscalía para que se le reclame esa documentación y podamos observarla, sobre todo para que los vecinos tengan transparencia y sepan en qué se gasta su dinero», advertía Cañibano.
En declaraciones a los medios, el portavoz del grupo municipal de Zamora Sí, aludía a la existencia de gastos y adjudicaciones de obras con presuntas irregularidades. «Sobre todo, hay una adjudicación de una obra del consultorio médico de Junquera a un familiar directo, se nos facilitó cierta parte de la documentación, pero cuando solicitamos el expediente completo se nos niega, del mismo modo algunas adjudicaciones beneficiarias a personas afines».
El concejal portavoz del grupo municipal de Zamora Sí en el Ayuntamiento de Vega de Tera reitera su compromiso y el de su equipo desde que se presentó a las elecciones, «la transparencia democrática y, sobre todo, en las cuentas públicas». Por ello insiste en que «como último recurso» y ante el rechazo por parte de la alcaldesa de ofrecer la documentación solicitada, tanto a este grupo municipal, como al Procurador del Común, a quien tampoco se le contesta, han decidido poner los hechos, presuntamente delictivos, en conocimiento de la Fiscalía.
Varias sentencias del Tribunal Supremo han llegado a condenar a alcaldes como autores responsables del delito de impedimento del ejercicio de los derechos cívicos, previsto y penado en el art. 542 del Código Penal en relación con el derecho a la participación en los asuntos públicos garantizado por el artículo 23.1 de la Constitución Española, por impedir el ejercicio de los derechos cívicos.