Casi 50 pueblos de la provincia reciben ayudas para el mantenimiento de sus centros de ocio

Cada uno de estos pueblos recibe 3.000 euros para sufragar gastos de energía, calefacción e internet

Las entidades locales beneficiarias han de instalar, en lugar visible en el exterior del centro de ocio, una placa identificativa de la subvención y que le remitirá la Dirección de Administración Local.

El local ha de estar abierto al público como mínimo cinco días a la semana incluyendo los sábados, domingos y festivos nacionales, autonómicos y locales.

Un total de 46 pueblos de la provincia de Zamora reciben ayudas de la Consejería de Presidencia para el mantenimiento de sus centros de ocio y de convivencia. Se trata de localidades inferiores a 200 habitantes que habían concurrido a la convocatoria del pasado mes de junio, tal y como adelantó Benavente Digital.

Estas ayudas a pequeños pueblos, en los que en su mayoría el único bar con el que cuentan es el habilitado por el Ayuntamiento como centro de ocio y convivencia, permitirán sufragar los gastos de suministros generales de agua, electricidad, gas y combustibles para la calefacción y agua caliente sanitaria, así como las cuotas por los servicios de internet, televisión o plataformas audiovisuales. Cada uno de estos pueblos recibe 3.000 euros, la cantidad máxima que figuraba en las bases de la convocatoria.

Las entidades locales tendrán que justificar los gastos de la concesión de subvenciones a los municipios con cargo a la Cooperación Económica Local General del año 2024, hasta el 18 de noviembre de 2024, como detalla el Bocyl de este viernes.

La Consejería de Presidencia justifica estas ayudas argumentando que en el medio rural, en la última década, la despoblación y el progresivo envejecimiento se ha convertido en un proceso aún más generalizado y son los municipios más pequeños los que más sufren las consecuencias de estas circunstancias demográficas.

Los vecinos de los municipios y otros núcleos, especialmente los de menor tamaño poblacional, precisan de un lugar donde poder compartir vivencias y relacionarse socialmente, función que tradicionalmente la ha cumplido el bar, cafetería u otros establecimientos similares, que además de evitar la soledad y la desintegración social, permite detectar situaciones de vulnerabilidad y desamparo o aquellas relacionadas con la salud de las personas.

Los centros de ocio y convivencia deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

  • a) El establecimiento deberá estar abierto al público de forma estable durante el año, con respeto al periodo de vacaciones de los trabajadores.
  • b) El establecimiento, siendo de titularidad privada o pública de gestión privada, debe permitir el acceso general a todas las personas, aunque no tengan la condición de clientes como huésped o comensal.
  • c) El establecimiento tendrá, como mínimo, el siguiente régimen de apertura y cierre al público:
    • – Deberá estar abierto al público, al menos, cinco días a la semana incluyendo los sábados, domingos y festivos nacionales, autonómicos y locales.
    • – El horario de apertura y cierre responderá a la costumbre y usos habituales de la población, durante, al menos, cinco horas, continuos o discontinuos, los días de apertura.
  • d) El titular deberá colocar en lugar visible dentro del establecimiento información sobre el régimen de apertura y cierre al público.
  • e) El titular de establecimiento beneficiario de esta subvención deberá exhibir en el exterior, en lugar visible y junto a la entrada principal del establecimiento, una placa identificativa de acuerdo con el Manual de uso de la marca de difusión del carácter público de la financiación otorgada por parte de la Junta de Castilla y León a las Entidades Locales.

Esta placa identificativa deberá mantenerse mientras el establecimiento cumpla el objeto de esta convocatoria y sea beneficiario de esta subvención o las que puedan concederse en las siguientes anualidades.

Esta placa identificativa se remitirá por la Dirección de Administración Local al municipio beneficiario una vez que se haya ordenado el pago de la subvención.

La placa identificativa se colocará en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente al de su recepción.

Relación de localidades beneficiadas:

https://bocyl.jcyl.es/html/2024/10/18/html/BOCYL-D-18102024-23.do

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