A falta de respuesta a las alegaciones presentadas por el grupo municipal de Zamora Sí en el Ayuntamiento de Vega de Tera sobre la fallida convocatoria del Pleno de la moción de censura, desde este grupo municipal se cuestiona la legalidad de la no admisión a trámite de tal sesión plenaria. Por lo pronto, en la semana pasada se han presentado alegaciones al expediente de la inadmisión de la moción de censura en base a que se pide para ello una mayoría reforzada según el articulo 197 de la Ley Orgánica 5/1985.
El portavoz del grupo municipal de Zamora Sí presentó la propuesta de la moción sumando 4 concejales a su candidatura a la Alcaldía, de los 7 que constituyen la corporación, tras salirse uno de los concejales del grupo popular (en el gobierno municipal) y pasar al grupo de concejales no adscritos. La respuesta de la secretaria del Ayuntamiento de la inadmisión a trámite refería que «no constituyen la mayoría reforzada exigida en el artículo 197.1 a) párrafo segundo de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, al haber permanecido uno de los firmantes al grupo de la Alcaldía. En este supuesto la mayoría absoluta exigida se verá incrementada en el mismo número de concejales que se encuentren en tales circunstancias».
Ante ello, el grupo municipal de Zamora Sí expresa en sus alegaciones la «no conformidad ya que este mismo articulo de la ley ha sido modificado, por lo menos una vez, dando a entender diferentes criterios». Se basan en la publicación en el BOE de 17 de enero 2018 de una sentencia del Tribunal Constitucional
declarando la inconstitucionalidad y nulidad del párrafo tercero del artículo. 197.1 a) de la LOREG sobre el establecimiento de un quorum específico para la votación de una moción de censura al alcalde, aplicable a los supuestos en los que mediante desvinculación del grupo municipal, que no supera el juicio de proporcionalidad respecto del derecho al ejercicio de los cargos representativos».
En la reciente sesión plenaria, celebrada el pasado 14 de octubre, y a través de una moción de urgencia, tal y como informaba Benavente Digital, se aprobó por mayoría, 3 concejales de Zamora Si y 1 concejal no adscrito, y la oposición de 2 ediles del PP, uno de ellos no asistió a la sesión, que debería admitirse a trámite la moción de censura, respaldando con la mayoría del PLENO de este Ayuntamiento el envío de esta solicitud tanto a la Junta Electoral Central como al Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación de Zamora.
El PP de Zamora exige una mayoría reforzada y el PP de León no
Puestas así las cosas, lo que en la provincia de Zamora y para el Partido Popular, formación política que gobierna en Vega de Tera, ahora en minoría, no puede admitirse la moción de censura sin el apoyo de una mayoría reforzada de concejales, en cambio en Ayuntamientos de la provincia de León y en similares circunstancias, sí puede hacerse.
En Encinedo
Póngase como ejemplos Ayuntamientos como el de Encinedo, en la comarca leonesa de la Cabrera. En este caso, un concejal que se presentó como cabeza de lista por el Partido Socialista, y obtuvo la única acta de su formación, pactó con el Partido Popular tras dimitir de sus cargos en el equipo de gobierno que formó con Unión del Pueblo Leonés y pasar a ser no adscrito, hasta entonces era el teniente de alcalde. El tal pacto del socialista con el PP otorgó la alcaldía a los populares gracias a la mayoría de 4 concejales (3 del PP y 1 no adscrito), contra 3 de UPL, En este caso no se exigió mayoría reforzada como sí se ha exigido en el municipio zamorano de Vega de Tera.
En Villamañán
Otro ejemplo también de esta incomprensible situación estaría en el Ayuntamiento, también leonés, de Villamañán. En este caso también el PP se hizo con la alcaldía tras una moción de censura y sin esa mayoría reforzada que se ha exigido en Vega de Tera. La corporación municipal berciana la constituyen 9 concejales, cuatro ediles del PP frente a los tres de UPL que se alzó con la Alcaldía con los dos ediles del PSOE. El abandono de uno de los socialistas del equipo de gobierno (teniente de alcalde y concejal de Obras, Servicios y Personal) dinamitó el pacto, pasando a concejal no adscrito y sumarse a los cinco firmantes de la moción, los cuatro populares y el no adscrito. Tampoco se exigió mayoría reforzada para convocar una sesión plenaria de moción de censura, que finalmente salió adelante.
En Soto de la Vega
Más aún, en otro Ayuntamiento leonés, en Soto de la Vega también el PP arrebató el bastón de mando a un alcalde socialista, al más votado en las pasadas elecciones municipales al obtener 4 concejales en una corporación con 9 asientos. Se quedó sin el bastón por la suma de los 2 de UPL, los 2 del PP y 1 de Ciudadanos. Precisamente el concejal de esta formación política gobernaba con los populares.
En Santa Colomba de Curueño
Y más aún, en Santa Colomba de Curueño, también se tramitó la moción de censura y salió adelante para otorgar la alcaldía a un concejal popular. En esta corporación constituida por 7 concejales, 3 del PP, 3 del PSOE y 1 de UPL, gobernaban los socialistas gracias al pacto con la edil de la formación leonesista quien, a la vez, era la teniente de alcalde y se ocupaba de las áreas de Servicios Sociales, Cultura, Turismo y Festejos.
Estos son solo unos ejemplos de ayuntamientos leoneses similares al zamorano de Vega de Tera, en los que no se ha exigido una mayoría reforzada de concejales para convocar un pleno de moción de censura. Estos en la provincia de León, al igual que otros muchos en el resto de España.