Al Juzgado por conducir zigzagueando y en estado ebrio

El investigado fue puesto a disposición de la Autoridad Judicial, al circular con vehículo a motor superando la tasa de alcoholemia y bajo la influencia de bebidas alcohólicas

El pasado día 31 de octubre la Central Operativa de Tráfico del Subsector de la Guardia Civil de Zamora recibe comunicación de la conducción anómala del conductor de un vehículo que circulaba zigzagueando, sobre el kilómetro 482,000 de la carretera nacional N-122 (Zaragoza-Portugal), dirección Fonfría. Por ello, la Guardia Civil procedió a dar aviso tanto a patrullas de Tráfico como de Seguridad Ciudadana de la Comandancia de Zamora al objeto de evitar un posible siniestro vial.
Localizado el vehículo en el kilómetro 508,800 de la citada vía por componentes del Puesto de Muelas del Pan, confirman que su conductor arroja resultado positivo en la prueba de alcoholemia, corroborado por una patrulla del Destacamento de Tráfico de Zamora, que se hizo cargo de realizar las correspondientes pruebas de alcoholemia legalmente establecidas, superando en ambas pruebas el 0,60 mg/l en aire espirado, límite establecido para ser posible autor de delito contra la Seguridad Vial.

Bajo la influencia de bebidas alcohólicas

Además, al conductor se le observaron síntomas evidentes de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, motivo por el cual se le investigó como supuesto autor de dos delitos contra la Seguridad Vial al conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y otro por superar las tasas de alcoholemia legalmente establecida, en este caso 0,60 mg/l en aire espirado.
El investigado, así como las diligencias instruidas, fueron puestos a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Zamora.
Se recuerda que la ingesta de bebidas alcohólicas, así como la de drogas y sustancias tóxicas influye en el conductor de un vehículo con la disminución de la capacidad sensorial, de reflejos y de atención en la conducción, desvirtuando la percepción de la realidad, determinando una conducción inapropiada y creando un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, aumentando exponencialmente la posibilidad de sufrir un siniestro vial.

Estas conductas al volante podrían conllevar administrativamente hasta 1.000 € de sanción y penalmente podrían ser castigadas con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Botón volver arriba